Durante estos primeros meses del año, , la comunidad científica internacional se ha hecho eco de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra un médico investigador del Hospital Carlos III, que obligará al facultativo a abonar una multa de 210.000 € por haber realizado ensayos clínicos sin autorización. Más allá de la excepcionalidad de la noticia, esta sentencia supone un recordatorio colectivo sobre la necesidad de respetar los códigos éticos a los que está sujeta la experimentación con seres humanos. Las autorizaciones requeridas para llevar a cabo investigación en humanos no son un mero mecanismo de control, sino que tienen un calado ético muy profundo, desarrollado a raíz de la declaración de Helsinki sobre los principios éticos de la investigación médica en personas humanas 1964.

La pesada carga burocrática asociada a este tipo de investigación la hace más lenta y menos competitiva, pero garantiza los derechos fundamentales de las personas y diferencia al voluntario de un ensayo clínico de los conocidos «conejillos de india» del laboratorio.